Itinerario Lingüístico

Itinerario lingüístico (C40610)

Aquellas actividades de los catálogos que persigan la formación de los estudiantes en lenguas diferentes a la que sea su lengua materna.

En este sentido, y sin tener carácter exclusivo, serán de interés preferente para la Universidad Politécnica de Madrid el desarrollo de cursos que faciliten a sus estudiantes de grado un mayor dominio de la lengua inglesa.

Se podrá obtener en cada curso académico el reconocimiento de un máximo de 2 ECTS, con un máximo de 6 ECTS a lo largo de sus estudios de grado.

  1. Cursos de idiomas organizados por la UPM y no incluidos en el Plan de Estudios de la titulación de Grado que se esté cursando.
  2. Estudios de formación lingüística en centros oficiales nacionales o extranjeros y/o centros no oficiales con los que exista convenio de cooperación sujeto a la normativa UPM.

Criterios a seguir para concretar el número de créditos a reconocer

  1. A los estudiantes españoles de titulaciones de grado de la UPM sólo le serán reconocidos ECTS, por el seguimiento y superación de cursos de lenguas no españolas.
  2. A los estudiantes extranjeros de titulaciones de grado de la UPM sólo les serán reconocidos ECTS por el seguimiento y superación de cursos de lenguas distintas a la que sea la lengua materna del estudiante.
  3. El reconocimiento de ECTS se realizará, en su caso, por el seguimiento y superación de cursos de lenguas durante el año académico en el que se solicite el reconocimiento o durante el año académico inmediatamente anterior.
  4. A cada estudiante de la UPM sólo se le podrán reconocer ECTS por la superación de cursos de idiomas en los que no se le hubiesen reconocido ECTS previamente por la UPM.
  5. Sólo se podrán reconocer ECTS a los estudiantes que acrediten fehacientemente la inscripción en este tipo de cursos y la superación de los mismos.
  6. El número de ECTS que se asignará a cada estudiante que acredite el seguimiento y aprovechamiento de este tipo de cursos, ya sean los recogidos en el catálogo general ya sean los recogidos en los catálogos específicos de cada titulación, se obtendrá de la siguiente manera:
    • Se multiplicará el número de horas acreditadas del curso superado por un coeficiente Ci y se dividirá entre 30, redondeando el resultado con un decimal.
      Siendo los valores del coeficiente citado anteriormente:
      • 1.00 para los idiomas castellano e inglés.
      • 0.75 para los idiomas alemán, chino mandarín, francés, italiano y portugués.
      • 0.50 para el resto de las lenguas oficiales en los países europeos diferentes de las señaladas anteriormente.
      • 0.25 para el resto de lenguas.
    • Si el resultado de la operación anterior es inferior a 0.5 no se le reconocerá al estudiante ningún ECTS.

Procedimiento a seguir para el reconocimiento de créditos

Para hacer efectivo el reconocimiento de ECTS por el seguimiento de cursos de idiomas, los estudiantes de la UPM deberán:

  • Acreditar, mediante informe del profesor responsable del curso, la asistencia a un mínimo del 90% de las sesiones presenciales del curso del que soliciten el reconocimiento.
  • Acreditar, mediante el acta oficial correspondiente o mediante informe del profesor responsable del curso, la superación de las pruebas de evaluación que certifiquen el alcance de los resultados de aprendizaje previstos en el curso correspondiente.
  • Solicitar el reconocimiento de ECTS al Presidente de la CRTC, Vicerrector de Alumnos, acompañando su solicitud de la documentación acreditativa citada anteriormente y/o certificación del Centro Oficial donde se realizó el curso lingüístico, con indicación de su duración en horas.