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Lodos en el embalse de la presa vieja del Aulencia

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María Lucía Cueva Duarte.

La presa vieja del Aulencia es una presa de gravedad en hormigón situada entre Valdemorillo y Colmenarejo. Fue construida en 1945 para el abastecimiento de las poblaciones de Brunete, Villanueva del Pardillo y otros pueblos de la zona como Villanueva de la Cañada y Quijorna.

Foto 1. Panorámica de la presa del Aulencia

La presa se encuentra en una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), lugar de importancia comunitaria (LIC), y además forma parte del Parque Regional de Guadarrama. En la zona se encuentran especies como la nutria, la cigüeña negra o el tejón.

Las crecientes necesidades de agua en la provincia de Madrid debidas al gran incremento de la población a finales de los años 60 (pasando de 2.260.000 habitantes en 1960 a 3.150.000 en 1970) motivaron la creación de un nuevo embalse para aprovechar el caudal del río Guadarrama. En 1976 entra en funcionamiento el embalse de Valmayor y la ETAP de Valmayor, dejando así en desuso la presa vieja del Aulencia.

La localización del embalse de Valmayor puso en peligro a la presa del Aulencia, que se encuentra  2 kilómetros aguas abajo del embalse. Desde el año 1976 hasta finales de los 90 los lodos de la ETAP fueron vertidos en el río y retenidos por la presa, contaminando un pantano con un interés medioambiental muy importante y convirtiéndolo en uno de los lugares más contaminados de la Comunidad de Madrid. El vaso de la presa se vio colmatado por los lodos ocupando aproximadamente unos 300.000 metros cúbicos del embalse (el 80% del vaso) En épocas de lluvias, el agua de la presa rebosa  llevando restos de los lodos al cauce del Aulencia.

Foto 2. Perfil de la Presa de Aulencia (Fuente: Elaboración Propia)

La información que recoge el Canal de Isabel II indica que la ETAP de Valmayor entró en servicio en 1976, pero la planta de tratamiento de fangos no lo hizo hasta 2001.
La situación insostenible de la contaminación de la presa hizo que el Patronato del Parque Regional encargara en 2005 al CEDEX (Centro de Estudios de Experimentación de Obras Públicas) un informe de las aguas. En el informe que se recogió en esos momentos se detectaron restos de 12 metales (Cromo, hierro, manganeso o cadmio), 74 contaminantes (derivados de jabones, hidrocarburos, disolventes de productos textiles…) y 31 compuestos en el residuo sólido como azufre. El informe concluía que los materiales encontrados en el embalse correspondían “a residuos de fangos procedentes de la estación depuradora ETAP que trata las aguas del embalse de Valmayor, situada aguas arriba del embalse y de los vertidos procedentes de las aguas residuales que genera el núcleo urbano de Colmenarejo”.

Foto 3. Presa aguas abajo (Fuente: Elaboración Propia)

Aunque en los últimos años se “han paralizado” los vertidos (desde la creación de la planta de tratamiento de fangos y la remodelación de la planta en el 2008), el problema persiste y varios colectivos medioambientales lo han denunciado. Sin embargo, el Canal de Isabel II, organismo responsable de la explotación y gestión del Valmayor deriva las competencias de limpiar el cauce del río Aulencia y de la presa a la CHT (Confederación Hidrográfica del Tajo). Este organismo público confirmó hace años su intención de limpieza del cauce, pero la dificultad técnica de acceder al Parque Regional y el elevado coste económico que conlleva hacerlo ha hecho que ambos organismos  eviten el avance para la recuperación de la presa y el paisaje natural.

Uno de los principales problemas del fango es el peligro que constituye para los ecosistemas de la zona, siendo la fauna piscícola prácticamente inexistente en el embalse. Además, la presencia de agentes tóxicos en estos lodos hizo descartable su reutilización en el campo de la agricultura. Aunque es un hecho que tanto los embalses como lagos están abocados de forma natural a su colmatación, no es común que esta colmatación se produzca tan brevemente y menos con fangos de procedencia dudosa.

Este texto invita a los lectores a cuestionar  las consideraciones morales y éticas de los organismos y autoridades que permiten este tipo de problemas al medio ambiente. ¿Es ético verter fangos en el río aunque la legislación de vertidos no fuese tan restrictiva como en la actualidad?, ¿es aceptable pagar una sanción por verter lodos en lugar de la construcción de una planta de fangos porque es más económico? Aunque en la Constitución Española, art.25.1 manifiesta: “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.  ¿Se le pueden exigir responsabilidades a una autoridad que conocía y sabía el riesgo medioambiental del problema?

 

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