En el contexto de la Directiva Inspire, los datos espaciales están sujetos a ciertas condiciones:
- Deben referirse a una zona bajo la jurisdicción de un Estado miembro.
- Deben estar en formato electrónico.
- Deben estar en posesión de una autoridad, que los haya producido, recibido, gestionado o actualizado en el ámbito de sus actividades públicas, o en poder de un tercero al que se haya otorgado acceso a través de la red según lo estipulado en el artículo 12 de la Directiva.