Este espacio se ha creado para que puedas exponer todas aquellas dudas que tengas sobre la convocatoria. Intentaremos resolvértelas con la máxima celeridad posible. Por favor, comprueba antes en el historial si alguien ha planteado alguna duda similar y ya le hemos dado respuesta.
Saludos.
En la modalidad 1: en el requisito ¨Historial científico-técnico del grupo receptor fuera de la UPM y/o en la UPM y descripción de las unidades receptoras en las universidades o centros de investigación de la estancia (externa a la UPM y de la UPM) (Fichero PDF 4 páginas max) ¨
Este sería un solo documento de 4 pag, incluyendo la historia científico-técnico del grupo receptor fuera de la UPM y/o en la UPM? o sería un documento por cada grupo receptor, de 4 paginas cada uno?
Muchas gracias
Es sólo un documento de 4 páginas para los dos grupos. No te preocupes por esto: incluye los datos que consideres más relevantes para que la Comisión de Evaluación conozca el impacto de la estancia en tu carrera docente e investigadora.
Muchas gracias por sus respuestas
Buenos días,
Ni en la convocatoria UPM ni en la Orden UNI/551/202 se menciona que haya una limitación de ayudas por Grupo o Departamento. Sin embargo, en una pregunta anterior (Marta, 16 de julio de 2021 a las 12:51) se dice “Respecto a la norma de la M1 “Un mismo grupo de investigación no podrá acoger dos ayudas de esta modalidad, salvo que las estancias no coincidan en el tiempo.”
¿Puede la UPM fijar limitaciones que no figuran expresamente en la convocatoria publicada?. Este punto es importante, porque hay Grupos y Departamentos con más de un candidato interesado en solicitar las ayudas.
Muchas gracias
No, la UPM no puede fijar limitaciones fuera de las que le permite la Orden. De hecho, la Orden es un documento jurídico de rango superior por lo que, en caso de contradicción, será la norma que aplique.
La respuesta a la que aludes menciona otra duda que planteamos y que nos resolvió así el Ministerio.
Buenos días,
En la página 2 de la convocatoria de la UPM dice textualmente : ” Las ayudas de esta I convocatoria se resolverán en el año 2021 y las estancias concedidas comenzarán entre la fecha de resolución de la convocatoria y el 31 de agosto de 2022″. ¿Podría explicarme cómo encaja esto con la respuesta dada a una pregunta planteada anteriormente? (respuesta de juanutande el 16 de julio de 2021 a las 13:46): “Es obligatorio que NINGUNA DE LAS DOS FECHAS SEA FESTIVO: el inicio de la estancia será el 2 de enero 2022 y el final el 31 de diciembre de 2024 si se solicitan 3 años de estancia. Es decir años laborables completos.”
La convocatoria no indica en ningún momento que la fecha de inicio DEBA ser el 2 de enero de 2022. Tampoco se menciona que deban ser “años laborables completos”, ni en la convocatoria UPM ni en la Orden UNI/551/2021.
¿Podría una fecha de incorporación posterior al 2 de enero, pero anterior al 31 de agosto de 2022 (porque así lo sugiera el Centro receptor) suponer la exclusión de la solicitud?.
Muchas gracias!
Disculpa la confusión que te haya podido crear la respuesta. Ésta se refería a una pregunta que indicaba si la fecha podía ser 1 de enero. Y no, no puede ser 1 de enero puesto que el Ministerio exige que sean días laborables, por lo que, en estos casos, DEBE ser 2 de enero.
Efectivamente en la Convocatoria no se menciona una fecha de inicio. La sugerencia es porque es muy improbable que las estancias puedan iniciarse antes ya que la adjudicación definitiva será en noviembre y durante el mes de diciembre se tramitarán las ayudas y las firmas de los contratos. En cualquier cado, intentaremos ser lo más rápidos posibles y si se puede iniciar antes la estancia no habría problema.
Tampoco se menciona, ni en la Convocatoria UPM ni en la Orden, que deban ser años completos; pero sí lo hace el documento de preguntas y respuestas que nos ha remitido el Ministerio y por eso lo hemos incluido en nuestro documento de FAQ subido a este blog.
En ningún caso podría suponer la exclusión de la solicitud indicar una fecha de inicio de la estancia dentro del rango admitido por la Convocatoria.
Os agradecería me ayudarais con las siguientes dos cuestiones:
1) A lo largo de la convocatoria RECUALIFICA, cuando se refiere a las estancias en la UPM (modalidad 3), se habla indistintamente de grupo receptor, unidad receptora, estructura receptora, pero cuando se indican los documentos a presentar, a) Memoria justificativa de la adecuación del candidato a las necesidades de investigación y transferencia del conocimiento del grupo receptor en la UPM e impacto esperado y b) Historial científico-técnico del grupo receptor, sólo se habla de GRUPO RECEPTOR. ¿Esto último se refiere a Grupo de investigación o también a cualquier otra estructura de investigación (Centro, o Instituto de I+D)?
2) Si la respuesta a la pregunta anterior es que sí, si un mismo Centro de I+D de la UPM quisiera acoger a varios candidatos de la modalidad 3, entiendo que en el criterio de Historial científico recibirían la misma valoración. ¿Conviene en este caso que la unidad receptora sean los Grupos de Investigación que están incluidos en el Centro de I+D, para que no compitan entre ellos en la evaluación?
Muchas gracias
1.- Se refiere a la estructura de acogida.
2.- Conviene ser lo más específico posible en cuanto a la estructura de acogida. Si es un Grupo de Investigación hay que hacer referencia a éste.
Un mismo grupo de investigación de la UPM puede apoyar a varios candidatos para la estancia de 1 año despues de la estancia internacional? hay algún problema con eso?
No.
Hola Juan,
Perdona, no me ha quedado claor:
– ¿la respuesta es para la primera o la segunda pregunta?. ¿Un mismo grupo de investigación de la UPM puede apoyar a varios candidatos para la estancia de un año después de la estancia internacional o en un centro de investigación nacional?
La respuesta es para la segunda pregunta: no hay problema.
Perfecto, muchas gracias
Respecto a la norma de la M1 “Un mismo grupo de investigación no podrá acoger dos ayudas de esta modalidad, salvo las estancias no coincidan en el tiempo.”
Si hago la solicitud sin grupo de investigación, es decir, para volver a un departamento. ¿Significa eso que no puede haber más de una persona en el departamento con una M1?
Vamos a admitir más de una persona por departamento.
Respecto a esta norma de la M1 “Un mismo grupo de investigación no podrá acoger dos ayudas de esta modalidad, salvo las estancias no coincidan en el tiempo.”
¿Puede un investigador de otra universidad venir a nuestro grupo de investigación (pagado por otra universidad) mientras que un miembro del grupo se va de estancia al extranjero (pagado por la UPM)? ¿No pueden coincidir en el mismo centro en ningún momento en ese caso?
No hay problema.
Muchas gracias, Rocío. Sí, es ese mismo documento.
Buenos días,
En el caso de tener un contrato de ayudante con la UPM para la modalidad I se pide una licencia del rector informada favorablemente por el director del departamento. De que tiene que informar exactamente?
Muchas gracias
Si accedes al documento de solicitud de licencia, de obligada presentación cuando se va a hacer una estancia fuera del departamento, verás que el Director puede firmar con autorización (favorable) o no (desfavorable)
Buenos días, Juan. Soy Profesor Ayudante en UPM. Modalidad M1 con 1 año extranjero y 1 año de vuelta, en principio a mi propio Departamento. Preguntas:
1) ¿El Currículum de centro receptor de 4 páginas debe incluir ambas unidades?
2) ¿Es posible/conveniente/necesario incluir también CV del investigador principal con el que se va a trabajar?
1.- Sí, es el máximo de extensión del documento a subir al formulario de solicitud.
2.- Si cabe en el documento puedes incluirlo. Pero no es necesario.
Buenos días,
¿Las cartas de invitación pueden estar firmadas digitalmente?
Muchas gracias.
Sí, con firma digital certificada.
Buenos días:
En la modalidad 1. Por confirmar:
-¿Es necesario tener un contrato como personal docente o investigador para realizar la solicitud?
-Si la aceptación al regresar a la UPM es de un departamento, ¿se realizaría exclusivamente actividad docente? Por otro lado, de haber un historial científico-técnico a valorar de un departamento sería diferente al de un grupo de investigación. ¿Se dará preferencia a una u otra opción? Muchas gracias.
1.- No, cualquier doctor que haya obtenido el título en las condiciones que indica la Convocatoria puede solicitar la Ayuda.
2.- La Convocatoria indica que:
Si algún periodo de la estancia se realiza en la UPM:
Bajo solicitud del beneficiario, se tramitará la concesión de colaboraciones docentes de acuerdo con la normativa UPM, lo que le facultará a participar en actividades docentes en hasta 60 horas por curso
3.- No se dará preferencia.
No, me refiero a presentar una solicitud coherente (info de un único centro), pero si finalmente me contestan de la universidad que quiero, puedo gestionar un cambio posterior?
No es posible esta opción.
No. La solicitud tiene que ser coherente. No se puede presentar la carta de invitación de un centro y un historial y descripción de grupo de otro.
No, me refiero a presentar una solicitud coherente (info de un único centro), pero si finalmente me contestan de la universidad que quiero, puedo gestionar un cambio posterior?
No es posible esta opción.
M1. Buenas tardes. El centro receptor extranjero que me interesa esta cerrando el año académico y no me ha vuelto a contestar los correos. Sin embargo, me han aceptado en otra universidad extranjera. ¿Es posible presentar la carta del la universidad que sí me acepta y cambiarla más adelante por la que me interesa, una vez se haya concedido la ayuda? Gracias
Me refiero a dos solicitudes en la misma Modalidad 1.
No se pueden presentar dos solicitudes en la Modalidad 1 para la misma persona.
Se pueden hacer dos solicitudes diferentes?
1.- Si la solicitud es por 2 años y se hace en una universidad española (excluida la UPM), no hay segundo tramo: se cumplen los dos años en esa universidad. Si se elige destino extranjero (universidad o centro de investigación) o un Organismo Público de Investigación español, tanto si se eligen 2 como si son 3 años, el último año de la ayuda será en una universidad pública española siendo seleccionable la UPM.
2.- La docencia certificada en la UPM es un criterio de clasificación para el Procedimiento de Selección de la Modalidad 1, según se indica en el art. 8 de la Convocatoria UPM.
Muchas gracias por contestar tan rápido 🙂
Buenos días, tengo dos dudas respecto a la solicitud de la M1.
La primera, en el formulario para la inscripción te obliga a que indiques el “Destino durante el tramo nacional: Último año de estancia en una universidad pública española” es decir, ¿ahora es obligatoria hacer el último año en la UPM? ¿O se podrían hacer dos años en instituto nacional y ya está?
La segunda duda es, ¿en qué caso es necesario incorporar la documentación sobre la docencia certificada en la UPM?
Un saludo y muchas gracias,
Laura
Buenos días:
Modalidad 1. En referencia a la respuesta “Las cartas de invitación tienen que estar firmadas por personas que representen el grupo o departamento, preferentemente el director/a del mismo”. Si es de un departamento de la UPM, ¿qué historial científico-técnico se aporta? Gracias.
Un saludo
El de la estructura de acogida: grupo o departamento de la UPM del último tramo de la estancia.
Para la M1, en el caso de que que sean dos centros uno externo (2 años) y vuelta a la UPM (1 año), en las 4 páginas ¿hay que hablar del impacto del centro externo y de la UPM también? Muchas gracias.
Así es.
Hola,
Una cosa que me está generando confusión son las fechas. ¿La carta de invitación puede decir que es de 01/01/2022 al 31/12/2023 o tiene que ser desde y hasta días laborales?
El Ministerio especifica al respecto que:
“Se considerará como fecha de inicio de la estancia el día de la incorporación en la universidad o centro receptor, y como fecha fin el último día en dicha universidad o centro. Por ello, las fechas de inicio y fin deberán ser siempre días laborables en el lugar en el que se encuentre la universidad o el centro.”
Hola, respecto a esta respuesta. ¿Qué fechas ponemos los que nos vamos tres años si el 1 de enero es festivo en casi todo el mundo, las estancias deben finalizar antes del 31/12/2024 y, además, hay que solicitar la estancia en años completos?
Parece que no tenemos otra opción que poner la fecha de inicio el 1/01/2022 aunque sea festivo. ¿Qué hacemos en este caso? ¿Ponemos un año no completo o terminamos después de 2024?
Es obligatorio que NINGUNA DE LAS DOS FECHAS SEA FESTIVO: el inicio de la estancia será el 2 de enero 2022 y el final el 31 de diciembre de 2024 si se solicitan 3 años de estancia. Es decir años laborables completos.
Hola Juan, resulta que ya tengo las cartas firmadas y en ambas lo he indicado tal y como te dije en este foro el pasado 4 de julio, copio y pego a continuación la pregunta que formulé:
“Es decir que para poder beneficiarte de los 3 años de la ayuda ¿debes comenzar el 01-01-2022 (primer tramo internacional 01-01-2022 a 31-12-2023, y segundo tramo de retorno UPM 01-01-2024 a 31-12-2024)?”
Como puedes ver, en ambas cartas la fecha de inicio que figura es el 01-01-2022 y en la segunda el 01-01-2024.
Tal y como indicas el inicio de la estancia sería el día laborable, día 2, pero no caí en la cuenta cuando les plantée las fechas, ¿podría entrgarlas así?
El 4 de julio no disponíamos de la última versión del documento redactado por el Ministerio “Preguntas frecuentes”, por eso no se menciona en mi respuesta el tema de los días laborables.
Puedes entregarlas así si no dispones de tiempo suficiente para subsanarlo antes de que cierre la convocatoria pero solicita los documentos correctos ya que te los van a solicitar en el período se subsanación.
Vale muchas gracias por la aclaración Juan
Los he solicitado a ver si es posible conseguirlos a tiempo
Buenas tardes,
en el caso de la modalidad 1, me gustaría saber por quien deberán ser firmadas las cartas de invitación, pues en el texto solo encuentro “unidad receptora”.
Muchas gracias
El Director del departamento es la persona que tiene que firmar la carta de invitación. O cualquier representante de mayor rango. De esta forma te garantizas que no vas a tener problemas a la hora de iniciar la estancia en el grupo de acogida.
Hola:
En la M1, ¿puede una persona, sea en la UPM o fuera, ‘tutelar’ a más de una persona que reciba estas ayudas?. He hecho algún primer contacto y me dicen que no soy la primera persona en hacerlo para este programa de Recualifica. Gracias.
El Ministerio restringe el que un mismo Grupo acoja a dos personas en períodos simultáneos. Sí permite que sea en períodos no coincidentes.
Hola, me gustaría saber si para la modalidad 2 es posible solicitar 3-4 meses de estancia o si debe ser 1 año completo. Gracias.
Las estancias de la Modalidad 2 por profesores Ayudantes Doctores se desarrollarán de forma continuada sin interrupciones.
Las estancias de la Modalidad 2 por Profesores Contratados Doctores o Titulares de Universidad se desarrollarán, preferentemente, de forma continuada. Sólo se permitirá el fraccionamiento de las estancias anuales en dos periodos de seis meses, a la elegir las fechas de inicio y fin de cada periodo por el solicitante. Dichos periodos serán indicados en el formulario de solicitud y han de venir informados en el permiso del Departamento. La suma de ambos periodos ha de cumplir en su totalidad la duración concedida para la ayuda de un año. Sólo se hará un pago en concepto de gastos de traslado. En cualquier caso, el último tramo de estancia deberá iniciarse como muy tarde el 31 de diciembre de 2023
La frase “Pueden solicitarse ayudas por 1 año” me daba a entender que podía ser de menos.
Entiendo que no entonces.
Gracias
Efectivamente no puede ser por menos.
Buenos días otra vez Juan,
Si como has indicado en varias de las respuestas a consultas que se han realizado sobre la modalidad 2 de ayudas, es suficiente con al firma del Director del departmento y el posterior envío con la firma del director y con la documentación adjunta y el modelo por correo electrónico a emma.cobo@upm.es indicando la Convocatoria en el Asunto.
Entonces ¿No es necesario que se celebre un consejo de departamento y una junta de escuela para aprobar la licencia por docencia e investigación?
Muchas gracias por todas las respuestas
Respecto a la solicitud de licencia, el procedimiento a seguir en esta convocatoria es el siguiente:
1.- Cumplimentar formulario modelo 11.5
2.- Firma del Director/a del departamento
3.- Envío a emma.cobo@upm.es (junto con carta de aceptación del centro de acogida y memoria de actividad)
4.- A partir de ese momento la tramitación es interna en Rectorado
No hace falta, por tanto, convocar Consejo de Departamento ni Junta de Escuela para aprobarla.
Buenos días, escribo por una duda respecto a la modalidad 2 y el CV.
Una vez dentro de la solicitud, se indica como obligatorio dos documentos a añadir:
Currículum Vitae abreviado
Resumen Currículum Vitae (usar plantilla descargable)
Par el primero de ellos he usado el formato CVA de la FECYT. Sin embargo para el segundo, he descargado el word y es un fichero en blanco…. y no he encontrado ninguna otra plantilla. Entonces, no sé si hay una plantilla existente para subir un resumen del CV y en que se diferencia del CVA.
Gracias
Ha debido ser un error del formulario. Por favor, inténtalo de nuevo.
Gracias Juan.
El documento en blanco me sale al querer descargargar la plantilla una vez estoy dentro de mi solucitud M2
Si bien, he visto que antes de entrar a la solicitud ya puedo descargar dos documentos:
i) Resumen Curriculum vitae
ii) Curriculum vitae
Mientras que a mí dentro de la aplicación para M2 me indica que debo subir:
>> Currículum Vitae abreviado
>> Resumen Currículum Vitae (usar plantilla descargable)
Para el primero he usado un CVA formato FECYT, pero para el segundo cual de los dos de arriba uso???. Si uso i) Resumen Currículum Vitae tendrá una información muy redundante con el CVA….. Mientra que si uso ii) Currículum Vitae, ya no es una resumen..
Gracias
Gregorio
Disculpa de nuevo el error: lo hemos probado varias veces y a nosotros nos sale bien. En cualquier caso, si ya lo has podido descargar, estupendo.
El Resumen pretende ordenar los méritos del solicitante con el fin de facilitar el análisis al Comité de Evaluación y de garantizar que éste tiene en cuenta todos ellos. Puede parecer un trabajo redundante pero es en beneficio del solicitante.
Gracias!
Buenas tardes:
Simplemente informaros que a mí me ha ocurrido lo mismo en dos momentos diferentes del día de hoy: en el sistema de solicitudes (dentro de mi solicitud) al descargar la “plantilla descargable”, se descarga un documento en blanco. Entiendo que esta “plantilla descargable” es el mismo word que también nos podemos descargar desde la página informativa de la convocatoria (https://www.upm.es/Investigacion/soporte/AyudasConvocatorias/…) con el nombre de “Resumen Curriculum vitae”. ¿Es así?
En cualquier caso, si a las personas que estamos trabajando fuera de la red UPM nos ocurre este error, puede ser que venga dado por el hecho de no estar en la red UPM (y por eso vosotros, cuando lo probáis, no tenéis problema).
Espero la confirmación sobre la plantilla del CV abreviado. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenos días:
Soy doctora por la UPM y actualmente no trabajo en la universidad.
Quería saber si esta combinación es posible y en qué parte de la convocatoria lo detalla:
Tramo 1) 2 años en el CSIC
Tramo 2) 1 año en la UPM
Al ser dos centros nacionales, no sé si se puede solicitar la posibilidad 1+1 o 2+1 también.
La convocatoria de la UPM en su artículo 3 no lo deja claro.
Muchas gracias
Aunque en la Convocatoria UPM no se hace mención expresa a ello, la Orden Ministerial permite hacer el primer tramo de la estancia en un Organismo Público de Investigación español. Por lo tanto admitimos esta posibilidad. Las estancias pueden ser por 2 o 3 años por lo que la opción que propones es correcta.
Buenos días:
En la modalidad 1. Con respecto a la respuesta sobre que la unidad receptora puede ser un grupo de investigación o un departamento. Si es un departamento de una universidad extranjera, ¿qué debe incluir el “historial científico técnico” (según se indica en las bases) que habría que aportar? Y, por otro lado, para la estancia de regreso en la UPM, ¿sería suficiente con una carta de invitación de un catedrático a su unidad docente? ¿O debe ser del director del departamento correspondiente? (con la particularidad también de si hay que aportar algún historial de esta unidad docente o departamento) Muchas gracias.
Un saludo
En el Historial científico-técnico y descripción de las Unidades Receptoras hay que incluir:
– Descripción detallada de las áreas de investigación
– Nº de proyectos internacionales en los que han participado o están participando y contratos con entidades públicas y privadas.
– Financiación obtenida
– Personal que lo compone: catedráticos, postdocs, PhD students, becas, etc.
– Nº de tesis dirigidas
– Impacto de las publicaciones
– Cualquier dato que permita al Comité evaluar el impacto en la formación del doctor
En general todos los grupos de investigación tienen una presentación con los datos más relevantes que os pueden facilitar cumplimentar este documento.
Las cartas de invitación tienen que estar firmadas por personas que representen el grupo o departamento, preferentemente el director/a del mismo.
Buenos días,
En M2, ¿la estancia puede solicitarse en un centro de investigación de la Comunidad de Madrid?
Saludos
Sí
M1-Margarita Salas.
Hola,
Soy doctora por la UPM. Necesito asegurarme de si es posible la combinación siguiente:
Tramo 1) 2 años en el CSIC
Tramo 2) 1 año en la UPM
No queda claro en el artículo 3 de la convocatoria de la UPM.
El apartado 3.a parece que solo está hablando de las personas con contrato de Ayudante con la UPM (os agradecería que confirmarais esto), y el apartado 3. b. dice que [se formalizará un contrato con la UPM de] “2 o 3 años para estancias internacionales, con el último año en universidad pública española incluida la UPM.”, pero en este apartado no se habla expresamente de la posibilidad de que puedan ser estancias en centro públicos nacionales.
En el seminario online que distéis no me quedó claro tampoco, y hay una diapositiva (Modalidad 1- definición (II) – instrumentación), en la que parece que solo podríamos solicitar 2 años si elegimos la combinación centro nacional + universidad pública.
Por favor, os agradezco que resolváis esta duda. Muchas gracias.
Aunque en la Convocatoria UPM no se hace mención expresa a ello, la Orden Ministerial permite hacer el primer tramo de la estancia en un Organismo Público de Investigación español. Por lo tanto admitimos esta posibilidad. Las estancias pueden ser por 2 o 3 años por lo que la opción que propones es correcta.
Buenas tardes Juan,
Si como has indicado en varias de las respuestas a consultas que se han realizado sobre la modalidad 2 de ayudas, es suficiente con al firma del Director del departmento y el posterior envío con la firma del director y con la documentación adjunta y el modelo por correo electrónico a emma.cobo@upm.es indicando la Convocatoria en el Asunto.
Entonces ¿No es necesario que se celebre un consejo de departamento y una junta de escuela para aprobar la licencia por docencia e investigación?
Muchas gracias por todas las respuestas
Respecto a la solicitud de licencia, el procedimiento a seguir en esta convocatoria es el siguiente:
1.- Cumplimentar formulario modelo 11.5
2.- Firma del Director/a del departamento
3.- Envío a emma.cobo@upm.es (junto con carta de aceptación del centro de acogida y memoria de actividad)
4.- A partir de ese momento la tramitación es interna en Rectorado
No hace falta, por tanto, convocar Consejo de Departamento ni Junta de Escuela para aprobarla.
Buenas tardes,
no me queda claro lo siguiente:
si soy aceptada y comienzo la estancia en una universidad pública española (M1) uno o dos años, el tercer año es para volver a la UPM?
o la ayuda cubre SOLAMENTE la estancia en la universidad pública de acogida.
En caso de contar en la fecha del inicio de la estancia de un contrato de Ayudante con la Universidad Politécnica de Madrid sólo podrán solicitarse ayudas de 2 años. Si eliges estancia nacional en universidad tiene que ser fuera de la UPM. Es decir, no hay posibilidad de retorno a la UPM durante la estancia.
Si no tienes contrato de Ayudante y eliges estancia en universidad nacional sólo podrás elegir dos años y está excluida la UPM.
Tengo de nuevo una duda de como rellenar el CVA. En el caso de experiencia de trabajo de laboratorio previo como estudiante de prácticas en centros públicos de investigación, ¿dónde debemos indicarlo, en el apartado de trabajos de investigación o bien en actividad en empresas y profesión libre?
Gracias!
En el apartado de trabajos de investigación.
M1: ¿Cuándo se van a firmar los contratos? ¿La firma será de forma presencial o podrá hacerse de manera telemática mediante firma electrónica? Es posible que haya gente que no se encuentre en Madrid por las fechas (finales de diciembre, Navidades).
Antes de iniciar la estancia. La firma se hará conforme a lo que indique Servicios de PDI.
1. ¿La unidad receptora tiene que ser un grupo de investigación adscrito a una universidad o tiene que ser un departamento?
2. ¿Las labores a desarrollar durante la estancia son investigar en un proyecto de investigación ya en marcha, o algo que tenemos que proponer para investigar nosotros y que lo acepten, o labores de docencia? Gracias
1.- La unidad receptora puede ser un grupo de investigación o un departamento
2.- Cualquier labor que justifique el impacto de la estancia en el progreso de la carrera docente e investigadora del candidato
En el documento Anexo referente al Resumen del CV. en experiencia profesional, dice: ¨Número de meses de contrato en empresas del sector después de la consecución del título de grado¨ . Solo se indica el número de meses o se especifica los datos de experiencia labora, empresa, fecha, cargo, etc,. ?
El número de meses es dato necesario y suficiente.
Modalidad M1:
1- ¿Son contratos? ¿Cuál es el salario neto aproximado de estas ayudas si se realizan en una universidad de España? ¿Por qué cantidad se estaría cotizando?
2- ¿Qué tipo de obligaciones tienen: dar clases / hacer un informe anual / publicar X artículos…?
3- Si tuvieses cualquier baja, ¿se procedería como si fuese un contrato laboral?
Gracias!!
1.- La fiscalidad depende de las circunstancias personales de cada solicitante
2.- Según indica el art. 12 – 2 de la Convocatoria “Los beneficiarios de las ayudas justificarán la actividad realizada y resultados obtenidos siguiendo el modelo de documento que se decida emplear que incluirá una Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, en el plazo de un mes desde su finalización o cuando se solicite.
3.- Según el art. 22 c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, “las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato.”
Tengo una duda acerca de cómo debemos rellenar el Anexo referente al Resumen del CV. En el apartado de publicaciones como se indica número en diferentes categorías, ¿solo tendríamos que indicar el número de publicaciones que encajan en cada una de las categorías o bien indicar los autores titulo etc?
También para el caso del otro anexo correspondiente al CVA en aquellos apartados en los que no tengamos información que añadir, por ejemplo, patentes, ¿podemos eliminar dichos apartados del documento Word?
El número es suficiente.
Se puede eliminar todo aparatado que no contenga información con el fin de aligerar el documento.
El Ministerio indica respecto a la duración de las ayudas que:
“Modalidades A) Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores y C) María Zambrano para la atracción del talento internacional: Años completos.”
Una duda de compatibilidad. Si llegado el caso me dieran una Juan de la Cierva (formación) e iniciara el contrato, ¿puedo solicitar estas ayudas Margarita Salas? ¿puedo disfrutar de la Juan de la Cierva mientras se resuelven y renunciar a ella en el caso de ser seleccionado? o ¿durante todo el proceso no debes contar con ningún tipo de ayuda o contrato? Gracias.
La ayuda concedida a cada uno de los beneficiarios será incompatible con cualquiera otras ayudas, ingresos o recursos de aquellas para la misma finalidad procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales
Para la modalidad 1 es posible pedir un primer tramo de 1 año y 4 meses y un segundo tramo de 1 año? o tienen que ser años completos?
Buenos días:
En las M1. El plazo máximo de carta de invitación para algunas universidades extranjeras es de 1 año con posibilidad de pedir una extensión al finalizarlo y no al inicio. Por lo que si estamos interesados en la opción 2años fuera+1año regreso UPM pero solo se puede aportar carta de invitación de un año, ¿se puede aplicar a la opción 1año fuera+1año regreso UPM y ampliar la estancia en el extranjero 1 año en caso de que la ayuda sea concedida? Gracias. Un saludo.
El Ministerio indica al respecto e indica que “las universidades públicas pueden incluir en sus convocatorias plurianual y complementaria la posibilidad de conceder una prórroga de un año a las personas beneficiarias que estén terminando de disfrutar las estancias de uno o dos años resueltas favorablemente”. Por lo tanto tendrás que solicitar 1+1 y, una vez allí, solicitar la prórroga.
Para la Modalidad 1 de la convocatoria Margarita Salas: se puede aplicar para realizar la estancia en un centro de Investigación español pero que no es público? por ejemplo en ISGlobal, que es el Instituto de Salud Global de Barcelona, está acreditado como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y es miembro del sistema CERCA de la Generalitat de Catalunya.
Muchas gracias
No. La Orden Ministerial es muy concreta en esta aspecto: El objeto de estas ayudas es la formación de jóvenes doctores mediante estancias de formación en una universidad pública española o bien en universidades y centros de investigación extranjeros, así como en Organismos Públicos de Investigación españoles.
Añado un matiz a mi pregunta, entiendo que que hay que justificar el periodo de excelencia, pero en mi caso no tengo un justificante oficial de excelencia, ya que seguí ocupándome de dar las clases en la upo on line, y de cuidar a mi hija en casa a la vez como madre soltera y en pandemia, es decir, sin ningún tipo de ayuda. Qué tipo de documento debo aportar para que se justifique lo anteriormente citado?
Leí su respuesta inicial a mi pregunta:
La Orden Ministerial especifica como una de los motivos por los que el plazo de dos años puede ser ampliado las Excedencias por cuidado de hijo/a, por cuidado de familiar, por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.. Para aplicar la ampliación es imprescindible poder justificar el período de excedencia
La Orden Ministerial especifica que “Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado“
Es válido cualquier documento oficial que justifique ese período.
Buenos días,
Queria preguntar sobre las fechas de cada uno de los tramos, en mi caso particular me interesaria:
tramo 1: 31 agosto 2022 al 21 de agosto 2024 (2 años en un centro de investigación español)
tramo 2: 31 agosto 2024 al 31 de agosto 2025 ( 1 año en UPM)
Son posibles estas fechas?
gracias
La fecha límite, incluso en circunstancias extraordinarias, para obtener la ayuda es, en las 3 modalidades, el 31 de diciembre de 2024.
En el plazo de 2 años máximo hay excepciones que tienen que ver con cuidado de dependientes. Me gustaría saber si en mi caso puedo optar a la ayuda Margarita Salas.
Fecha de título: abril 2019
Soy madre soltera al cuidado de una niña que ahora tiene 8 años. Además como agravante el año de pandemia al cuidado de una hija en soledad y siguiendo trabajando.
Por estas razones hay alguna posibilidad de que se me permita el margen de 3 meses que me faltan y de que me pueda presentar? Me parece que es de justicia, puesto que un menor de 7 y 8 años es dependiente, y más aún sin haber ido al colegio durante 4 meses por la pandemia.
Muchas gracias
La Orden Ministerial especifica que:
No obstante, se ampliará el citado plazo de dos años cuando concurra alguna de las siguientes situaciones:
…
4.º Excedencias por cuidado de hijo/a, por cuidado de familiar, por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
Si se puede justificar ese período, se aplicaría la Norma.
Mi pregunta va ligada a la pregunta anterior.
Se debe presentar el Historial Cientifico de los dos grupos receptores o solo de uno?
Y cada uno con una extención másixa de 4 páginas?
En este caso, se podrá hacer como con las cartas de aceptación, que juntamos los dos Historiales en un mismo pdf de 8 páginas?
Tanto en la convocatoria como en el formulario se indica que se debe adjuntar el Historial científico-técnico del grupo receptor fuera de la UPM y/o en la UPM, es decir, que si las estancias van a ser fuera de la UPM y en la UPM en el segundo tramo hay que adjuntar los dos, junto con la descripción de las unidades receptoras en las universidades o centros de investigación de la estancia (externa a la UPM y de la UPM). También se indica que el fichero debe tener una extensión máxima de 4 páginas. No puede tener 8 páginas.
En el Historial Científico de los grupos receptores, al pasar dos años fuera y uno en la UPM (2+1), ¿qué se debe priorizar? , 4 páginas para contar la trayectoria de dos grupos de investigación es muy escaso.
La Convocatoria busca el impacto en la carrera del investigador: hay que priorizar aquella información que permita comprobar ese impacto
En la M1:
¿los evaluadores van a poder acceder al CVA y al resumen del CV?.
En el CVA del Fecyt no se detalla nada sobre los méritos por ejemplo. Me surge la duda de si es mejor preparar un CVA propio, en vez del de Fecyt, en el que se indiquen los apartados que resaltáis en el CV resumido (que entiendo que es lo que se va a valorar), pero en este caso los dos CV serían prácticamente iguales. ¿Los dos documentos son para fines distintos o son complementarios?
El Resumen del CV se exige para facilitar la tarea de evaluación. Son documentos complementarios.
De acuerdo a la Orden UNI/556/2021, las solicitudes serán calificadas con una puntuación entre 0 y 100 puntos según los criterios de evaluación:
A. Currículum Vitae abreviado del candidato, hasta 50 puntos
B. Historial científico-técnico del grupo receptor, hasta 30 puntos
C. Memorias justificativas, hasta 20 puntos.
Por lo tanto los evaluadores accederán a la información contenida en el CV y en el Resumen del CV.