Detecting barriers for sustainable logging in Spain
EDUARDO TOLOSANA ESTEBAN
Estoy escribiendo un informe, que saldrá publicado a principios de 2016, sobre la movilización de madera de coníferas en el centro-norte de España, a raíz de un encargo por una empresa de suministro. La principal motivación es generada porque en estos últimos años ha aumentado mucho la demanda de madera de dimensiones pequeñas y medias (<25 cm de diámetro), por la instalación o ampliación de industrias de trituración (tableros y celulosa), por la demanda de serrerías de envase y embalaje y por la demanda de biomasa para uso energético, tanto interna como exterior.
En mi opinión, esta subida de la demanda, que ha supuesto también una elevación de los precios de la madera en pie, supone una oportunidad sin precedentes para hacer selvicultura en las plantaciones y masas naturales de coníferas, puesto que hace rentables trabajos forestales convenientes para la gestión de las masas forestales que hasta hace poco tenían un coste para la propiedad y que no se ejecutaban por las circunstancias actuales de restricción presupuestaria.
Las administraciones han respondido, con excepciones, con un importante aumento de las subastas públicas de este tipo de madera, pero éstas siguen estando, en el área de estudio, por debajo del 50% del crecimiento bruto (en comparación con Europa, con una media del 61% resultan escasas).
Esto parece poner de manifiesto que existen barreras para la movilización de madera, y en el estudio se analizan tanto esas restricciones como las iniciativas para tratar de superarlas y favorecer la gestión activa de nuestros bosques.
Como un adelanto y ejemplo, os cito un ejemplo de una de estas barreras, citada con mucha frecuencia por los decisores y expertos consultados, la Diversidad de procedimientos de adjudicación en montes de Entidades Locales, Juntas, Comunidades Vecinales, etc., que pueden frenar la movilización. Este es un problema bastante generalizado, que tiene como base la ambigüedad o contradicción entre normativa de diferente ámbito que puede regir las adjudicaciones de montes de propiedad municipal (legislación básica como la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley de Montes, la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y otra normativa autonómica desarrollando la legislación básica).
Esta barrera ha sido citada reiteradamente en la mayor parte de las CC.AA. como fuente de heterogeneidad de las formas de contratación por Entidades Locales, que optan, además o a cambio de las subastas[1] y otros procedimientos públicos tradicionales, considerados más transparentes, por procedimientos negociados o por invitación, rigiéndose también en ocasiones por procedimientos consuetudinarios diversos. Todo ello conlleva dispersión de la oferta en el espacio y en el tiempo, además de dificultar el control de si se han ejecutado o no las cortas solicitadas/programadas, y puede mermar la transparencia de la movilización, coartando la potencialidad de los mercados. Se ha hecho referencia a este problema como una barrera para la movilización de primer orden en Aragón, Cantabria, Guadalajara, Castilla y león, Cataluña, Navarra, el País Vasco y Navarra.
Con mucha relación con esta barrera, está la dificultad de incluir como parte del precio en las subastas la realización de servicios o mejoras (por ejemplo, apertura de infraestructuras o realización de plantaciones tras la corta final) en montes públicos, que ha supuesto un problema en ciertas CC.AA., aunque la nueva Ley de Montes estatal de 2015 parece mejorar la situación desde el punto de vista normativo.
Como ejemplo de una valiosa iniciativa, citaré, con el permiso de sus responsables, Javier Manrique (Director General de Montes de Cantabria) y Francisco Javier Espinosa (Jefe del Servicio de Montes), que han generado un manual, dirigido a la Federación de Municipios de Cantabria, sobre la tramitación de aprovechamientos maderables en montes de utilidad pública, proporcionando modelos de pliegos y ejemplos de procedimientos para tratar de uniformizarlos de un modo racional.
ORIENTACIÓN DE LA C. A. DE CANTABRIA HACIA LA FEDERACIÓN CÁNTABRA DE MUNICIPIOS SOBRE TRAMITACIÓN DE APROVECHAMIENTOS MADERABLES EN M.U.P.
FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS DE CANTABRIA
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ASUNTO:
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Tramitación de aprovechamientos maderables en Montes de Utilidad Pública
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La ejecución de aprovechamientos maderables en Montes de Utilidad Pública requiere la tramitación de un procedimiento administrativo en el que interviene tanto la Administración Autonómica, a través de la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza, como la Administración Local titular del monte, cada una dentro de su ámbito competencial.
Desde esta Dirección General se ha observado que existe cierta divergencia en la tramitación de estos expedientes en las diferentes administraciones locales propietarias de montes, lo cual crea cierta confusión en el sector forestal por la disparidad de criterios utilizados para la adjudicación de estos contratos. Es por ello que al objeto de simplificar dicho procedimiento y garantizar la seguridad jurídica del mismo esta Dirección General en colaboración con el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cantabria y la Asociación Cántabra de Empresarios de la Madera y el Mueble, se han redactado los siguientes documentos que se adjuntan:
I.- Tramitación de Aprovechamientos Maderables en Montes de Utilidad Pública
II.- Modelo de Pliego de condiciones económico-administrativas que ha de regir la enajenación mediante subasta de aprovechamientos maderables.
Estos documentos tienen carácter orientativo e intentan servir de guía a las entidades locales propietarias de los montes, para la tramitación de los aprovechamientos forestales. Se ha trabajado entre las tres partes implicadas de forma consensuada, de forma que en la redacción final de los documentos se han tenido en cuenta las distintas visiones que desde los agentes implicados se tenia de los problemas existentes. No es un documento cerrado sino abierto a futuras sugerencias y mejoras que puedan realizarse, que servirán para alcanzar el objetivo perseguido: la agilización, simplificación y normalización de los procedimientos administrativos y una mayor seguridad jurídica para el sector.
Si lo consideran de su interés agradeceríamos la distribución de estos documentos entre todos sus asociados, quedando a su disposición para lo que estimen oportuno.
[1] La subasta no es una figura recogida en la legislación, debido a la homogeneización en las denominaciones de las formas de adjudicación por trasposición de la legislación europea, pero es un término de uso muy habitual, haciendo referencia a los procedimientos de adjudicación en que el único criterio es el económico, y en el caso de que las administraciones públicas adjudiquen un bien mediante un procedimiento de venta, éste lo sea a la mejor oferta económica (mejor postor). Debido a su uso frecuente, se ha mantenido esta denominación a lo largo del texto.
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