Inicio » Becas » Becas de formación para titulados universitarios, en materia de transparencia, derecho al acceso a la información y buen gobierno

Becas de formación para titulados universitarios, en materia de transparencia, derecho al acceso a la información y buen gobierno

Becas

  • Orden HFP/276/2017, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para titulados universitarios, en materia de transparencia, derecho al acceso a la información y buen gobierno.

https://www.boe.es/boe/dias/2017/03/29/pdfs/BOE-A-2017-3393.pdf

El objeto de estas bases reguladoras es la concesión de becas de formación práctica para titulados superiores en posesión de alguno de los títulos incluidos en las ramas de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas y de Ingenierías y Arquitectura, en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Las becas que se convoquen se desarrollarán dentro de un programa de formación práctica e integral sobre la transparencia de la actividad pública, la regulación y garantías del derecho de acceso a la información y obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento en el ámbito de las competencias del CTBG

El plan de formación incluirá:

a) Análisis de la elaboración y aplicación de la normativa.

b) Análisis general de estructuras y políticas.

c) Participación en sistemas de gestión, medición y control de indicadores de seguimiento y evaluación.

d) Elaboración de informes, de ámbito general o específico.

e) Participación en el diseño de actividades de difusión.

f) Seguimiento y análisis de la normativa de las comunidades autónomas.

e) Gestión y tratamiento de la información.

Requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y ser residente en España.

b) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de entre los señalados en el artículo 1. Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y producir plenos efectos jurídicos al día siguiente de la publicación de la convocatoria.

d) Conocimientos de inglés de nivel mínimo B2, acreditado mediante titulación oficial.

e) Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto, hoja de cálculo y presentaciones, así como de Internet.

f) Tener menos de 30 años.

g) Conocimientos específicos, (trabajos realizados, cursos, estudios y máster postgrado) que estén certificados en algunas de las áreas de conocimiento del artículo 2 de esta orden

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes será el que establezca la correspondiente convocatoria, no pudiendo ser inferior a quince días ni exceder de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *