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Becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado

Extracto convocatoria subvenciones
– Anuncio del extracto de la Orden 1402/2019, de 30 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se establece la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/05/24/BOCM-20190524-21.PDF

Convocatoria de cinco becas para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, dos de ellas dependientes de la Subdirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior, una del Área Centro de Documentación Europea y dos de la Subdirección General de Fondos Europeos y Política Regional

Requisitos

Serán destinatarios de estas becas los titulados universitarios de grado o licenciatura con los siguientes requisitos:

  • Tener como máximo 30 años de edad cumplidos dentro del año natural de la convocatoria.
  • Tener nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de aquellos Estados con los que la Unión haya ratificado un Tratado Internacional por el que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • Estar empadronados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, como mínimo, un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con la respectiva convocatoria o tener la última vecindad administrativa en dicho ámbito en el caso de residentes en el extranjero.
  • Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior exigida para las distintas becas a las que se presente, conforme al catálogo de titulaciones recogido en el Anexo III.
  • Dominio del idioma inglés, que se acreditará mediante diploma acreditativo del nivel C1 o superando la prueba que se desarrollará al efecto.
  • No realizar ningún trabajo remunerado ni percibir ayuda o beca con el mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.
  • No podrán ser beneficiarios de las becas las personas en las que concurran algunas de las circunstancias señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

 

– Plazo de presentación de solicitudes: quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria.

 


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